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5 cosas legales que no puedes dejar para mañana

  • Foto del escritor: Montessori Senior
    Montessori Senior
  • 13 jun
  • 3 Min. de lectura

Mi madre tiene Alzheimer. ¿Y ahora qué?


El otro día una mujer me escribió angustiada.—Mi madre tiene Alzheimer. ¿Y ahora qué? ¿Qué hay que hacer? ¿Llamo a una residencia? ¿Busco una cuidadora?

Y yo le dije lo que ahora te digo a ti:antes de que la enfermedad avance, hay que hablar de lo legal.


No es lo más bonito, ni lo más fácil. Pero es una forma de cuidar. Porque si no lo hacemos ahora, llegará un momento en que ya no se pueda decidir. Ni ella, ni tú.

Aquí te dejo lo más importante que conviene revisar si han diagnosticado a tu madre (o a tu pareja, o a tu tío) de demencia.


🔎 En este artículo encontrarás:


1. ¿Puede seguir tomando decisiones? Lo primero: comprobar su capacidad jurídica

En España, toda persona se presume capaz hasta que se demuestre lo contrario.Pero si hay dudas —porque empieza a haber despistes graves, o no entiende bien lo que se le propone—, conviene solicitar una valoración de capacidad a su médico o al equipo de salud mental.

Esto no es para quitarle nada, al contrario: es para poder ayudarla respetando su voluntad y preferencias. Así lo exige la ley desde la reforma de 2021.


2. El poder preventivo: anticiparse con confianza

Si tu madre aún tiene capacidad, puede firmar ante notario un poder preventivo.

🔹 Es un documento en el que designa a una persona de confianza (tú, por ejemplo) para que actúe en su nombre cuando ella ya no pueda decidir.

🔹 Puede ser para temas económicos, administrativos o incluso de salud y cuidados.

🔹 Es revocable mientras conserve la capacidad.

Cuanto antes lo hagáis, más tranquilidad para todos.


3. Medidas judiciales de apoyo: ya no existe la “incapacitación”

Desde 2021, ya no se incapacita a nadie en España.En su lugar, si una persona ha perdido la capacidad y no dejó poderes firmados, se pueden solicitar medidas de apoyo judiciales (antes: “curatela”).

Un juez puede nombrar a alguien que:

  • le ayude a tomar decisiones (con supervisión),

  • o que las tome en su nombre si ya no puede participar.

Se valorará siempre lo que la persona haya manifestado antes, y su entorno afectivo.


4. El documento de instrucciones previas (testamento vital)

Tu madre puede dejar por escrito:

  • qué tratamientos acepta o rechaza si pierde la capacidad (por ejemplo, reanimación, sondas, hospitalizaciones…),

  • quién quiere que le represente ante los médicos (representante sanitario),

  • y cómo desea ser cuidada si no puede expresarse.

En la Comunidad de Madrid (y en todas las autonomías) hay registros específicos. Puedes hacerlo en notaría, centro de salud o con tres testigos.


5. Organizar bien lo económico y lo doméstico

Conviene revisar cosas muy prácticas:

  • quién tiene acceso a sus cuentas,

  • si hay recibos a su nombre que conviene cambiar,

  • si se necesita gestionar una pensión,

  • si hay propiedades, alquileres, o un coche a su nombre.

Haz una lista con todo eso, y habládlo con ella mientras aún puede expresar lo que quiere.Y si no quiere hablar, espera, pero no lo dejes del todo.

6 pasos legales tras el diagnostico d alzheimer

Un consejo final: no lo pospongas por pudor

Hablar de estas cosas no es derrotismo. Es respeto.


Es una forma de decir: “mamá, quiero cuidar de ti como tú querrías ser cuidada”.Escribirlo, dejarlo firmado, o simplemente hablado, evita conflictos y dolores innecesarios.

Y si tienes dudas, hay servicios sociales, trabajadoras sociales, notarios y abogados que pueden ayudarte sin dejarte la cartera.


Empieza por lo pequeño: una conversación. Un café. Un “mamá, ¿lo hablamos?”

Porque si no lo hablamos hoy, quizás mañana no podamos.

Gracias,Ah! Y perdona si esto ya te lo he dicho.



 
 
 

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